Condiciones generales

Cargo Specialties Nederland B.V.

Besloten vennootschap Cargo Specialties Nederland B.V. (en adelante CSN) está registrada en la Cámara de Comercio con el número 80552900 y tiene su domicilio social en Poortland 66 (1046BD) en Ámsterdam.

Artículo 1 - Definiciones

1. En las presentes condiciones generales, los siguientes términos se utilizan en el sentido que se indica a continuación, salvo que se indique expresamente lo contrario:

2. Oferta: Cualquier oferta escrita al Comprador para el suministro de Productos por parte del Vendedor a la que se vinculan inseparablemente los presentes términos y condiciones.

3. Empresa: Persona física o jurídica que actúa en el ejercicio de una profesión o negocio. 4. Comprador: La Empresa que celebra un Contrato (a distancia) con el Vendedor.

5. Acuerdo: El acuerdo de venta (a distancia) para la venta y entrega de Productos comprados por el Comprador a CSN.

6. Productos: Los Productos ofrecidos por CSN se refieren a materiales de embalaje en el sentido más amplio de la palabra.

7. Vendedor: El proveedor de Productos al Comprador, en lo sucesivo denominado CSN.

Artículo 2 - Aplicabilidad

1. Las presentes condiciones generales se aplicarán a cualquier Oferta realizada por CSN y a cualquier Acuerdo entre CSN y un Comprador, así como a cualquier Producto ofrecido por CSN.

2. Antes de la celebración de un acuerdo (a distancia), se facilitarán al comprador las presentes condiciones generales. Si esto no fuera razonablemente posible, CSN indicará al comprador cómo puede consultar las condiciones generales, que en cualquier caso se publicarán en el sitio web de CSN, de modo que el comprador pueda guardar fácilmente estas condiciones generales en un soporte de datos duradero.

3. Podrán hacerse desviaciones de estas condiciones generales en situaciones excepcionales si así se acuerda explícitamente por escrito con CSN.

4. Estas condiciones generales también se aplican a los acuerdos adicionales, modificados y de seguimiento con el Comprador. Se rechazan expresamente cualesquiera condiciones generales y/o de compra del Comprador.

5. En caso de nulidad o anulación parcial o total de una o varias disposiciones de las presentes condiciones generales, el resto de las disposiciones de las presentes condiciones generales permanecerán en vigor y la disposición o disposiciones nulas/anuladas serán sustituidas por una disposición con el mismo objeto que la disposición original.

6. Las dudas sobre el contenido, interpretación o situaciones no reguladas en las presentes condiciones generales se valorarán y explicarán conforme al espíritu de las mismas.

7. Cuando en las presentes condiciones generales se haga referencia a él/ella, se entenderá que también se hace referencia a él/ella, siempre y cuando sea aplicable.

Artículo 3 - La oferta

1. 1. Todas las ofertas de CSN son sin compromiso, salvo que se indique expresamente lo contrario por escrito. 2. Si la Oferta está limitada o es válida bajo condiciones específicas, esto se indicará explícitamente en la Oferta. 2. Una Oferta no se considerará realizada hasta que se haya hecho constar por escrito.

2. La oferta de CSN es sin compromiso. CSN sólo estará obligado por la Oferta si su aceptación es confirmada por escrito por el Comprador en el plazo de 30 días, o si el Comprador ya ha pagado la cantidad debida. No obstante, el CSN tendrá derecho a rechazar un acuerdo con un comprador potencial por una razón válida.

3. La Oferta contiene una descripción exacta del Producto ofrecido con los precios correspondientes. La descripción es lo suficientemente detallada como para permitir al Comprador hacer una evaluación adecuada de la Oferta. Los errores o fallos evidentes en la Oferta no podrán vincular a CSN. Las imágenes y datos específicos de la Oferta son meramente indicativos y no pueden constituir motivo de indemnización o disolución del Contrato (a distancia). CSN no puede garantizar que los colores de la imagen correspondan exactamente a los colores reales del Producto.

4. Los plazos y fechas de entrega indicados en la Oferta de CSN son indicativos y si se sobrepasan no darán derecho al Comprador a disolución o daños y perjuicios, salvo acuerdo expreso en contrario.

5. Una oferta compuesta no obligará a CSN a entregar parte de los bienes incluidos en la oferta u Oferta a parte del precio cotizado.

6. En caso de que exista una oferta, ésta no se aplicará automáticamente a los pedidos repetidos. Las ofertas solo son válidas hasta fin de existencias y según el principio de "hecho a medida".

Artículo 4 - Celebración del Acuerdo

1. El Acuerdo se concluye cuando el Comprador ha aceptado una Oferta de CSN haciendo un pedido o pagando por el Producto en cuestión.

2. El CSN podrá presentar una oferta a través del sitio web o por teléfono.

3. Si el Comprador ha aceptado la Oferta mediante la celebración de un Acuerdo con CSN, CSN confirmará el Acuerdo con el Comprador por escrito, al menos por correo electrónico.

4. Si la aceptación se desvía (en puntos menores) de la Oferta, CSN no quedará vinculado por ella.

5. CSN no está obligado por una Oferta si el Comprador podía razonablemente esperar o debía haber entendido que la Oferta contiene un error obvio o un error administrativo. El Comprador no podrá derivar ningún derecho de dicho error o error material.

6. Si el Comprador ha comunicado el pedido incorrectamente (por teléfono), el Comprador tiene la oportunidad de informar del error a CSN en un plazo de 12 horas a partir de la recepción de la confirmación del pedido. CSN enviará entonces un

enviar una nueva confirmación por correo electrónico. Si el Comprador no informa a tiempo, la reparación (anticipada) no es posible, y los costes pueden estar asociados con la reparación.

7. El derecho de desistimiento queda excluido para el Comprador.

Artículo 5 - Ejecución del Acuerdo

1. El CSN ejecutará el Acuerdo según su leal saber y entender.

2. En la medida en que sea necesario para la correcta ejecución del Acuerdo, el CSN tendrá derecho a encargar a terceros, a su discreción, la realización de determinados trabajos.

3. El Comprador se asegurará de que todos los datos que CSN indique que son necesarios o que el Comprador entienda razonablemente que son necesarios para la ejecución del Acuerdo se faciliten a CSN a su debido tiempo. Si la información necesaria para la ejecución del Acuerdo no se facilita a CSN a su debido tiempo, CSN tendrá derecho a suspender la ejecución del Acuerdo.

4. En la ejecución del Contrato, CSN no estará obligada u obligado a seguir las instrucciones del Comprador si ello modifica el contenido o el alcance del Contrato. Si las instrucciones resultan en trabajo adicional para CSN, el Comprador estará obligado a pagar los costes adicionales o suplementarios correspondientes.

5. CSN podrá exigir una garantía al Comprador o el pago completo por adelantado antes de proceder a la ejecución del Acuerdo.

6. CSN no será responsable de los daños, cualquiera que sea su naturaleza, causados por la confianza de CSN en información incorrecta y/o incompleta facilitada por el Comprador, a menos que CSN tuviera conocimiento de dicha incorrección o carácter incompleto.

7. El Comprador indemnizará a CSN por cualquier reclamación de terceros que sufran daños en relación con la ejecución del Acuerdo y que sean imputables al Comprador.

8. Antes de la compra del Producto, CSN pondrá muestras a disposición del Comprador con el fin de probar el Producto. CSN nunca garantiza el Producto. El propio Comprador es responsable de probar el Producto utilizando las muestras puestas a su disposición por CSN para la aplicación deseada por el Comprador.

9. El CSN podrá, si así se le indica, proporcionar asesoramiento sobre el Producto en sentido general. El contenido de dicho asesoramiento no será vinculante y sólo tendrá carácter consultivo, pero CSN observará su deber de diligencia. El Comprador decidirá por sí mismo y bajo su propia responsabilidad si sigue o no los consejos.

10. Los consejos dados por el CSN, en cualquiera de sus formas, nunca se considerarán consejos vinculantes. Las circunstancias reales pueden diferir de la situación aconsejada.

11. A primer requerimiento del CSN, el Comprador estará obligado a evaluar las propuestas presentadas por éste. Si el CSN se retrasa en su trabajo porque el Comprador no evalúa una propuesta presentada por el CSN o no lo hace a tiempo, el propio Comprador será responsable en todo momento de las consecuencias derivadas de ello, tales como el retraso.

12. La naturaleza de los servicios implica que el resultado depende en todo momento de factores externos que pueden influir en los informes y el asesoramiento de CSN, como la calidad, la exactitud y la entrega puntual de la información requerida, así como la aplicación real del producto y las circunstancias reales de la situación pertinente en la que se utiliza el producto.

Artículo 6 - Entrega

1. Si el comienzo, el progreso o la entrega del Acuerdo se retrasan debido, por ejemplo, a que el Comprador no ha facilitado toda la información solicitada o no lo ha hecho a tiempo, no coopera suficientemente, el pago o depósito no es recibido a tiempo por CSN o se produce cualquier retraso debido a otras circunstancias fuera del control de CSN, CSN tendrá derecho a una prórroga razonable del plazo de entrega o finalización. Todas las fechas de entrega y finalización acordadas nunca serán plazos. El Comprador deberá notificar por escrito a CSN el incumplimiento y concederle un plazo razonable para efectuar la entrega. El Comprador no tendrá derecho a indemnización alguna como consecuencia del retraso.

2. El Comprador estará obligado a recibir las mercancías en el momento en que se pongan a su disposición en virtud del Contrato, aunque se le ofrezcan antes o después de lo acordado.

3. Si el comprador se niega a aceptar la entrega o no facilita la información o las instrucciones necesarias para la entrega, CSN tendrá derecho a almacenar las mercancías por cuenta y riesgo del comprador.

4. Si los Productos son entregados por CSN o por un transportista externo, CSN tendrá derecho a cobrar los gastos de entrega, a menos que se acuerde otra cosa por escrito. Estos se facturarán por separado a menos que se acuerde expresamente otra cosa.

5. Si CSN requiere información del Comprador en relación con la ejecución del Acuerdo, el plazo de entrega no comenzará hasta que el Comprador haya puesto a disposición de CSN toda la información necesaria para la ejecución.

6. Si CSN ha especificado un plazo de entrega, éste será indicativo. Se aplicarán plazos de entrega más largos para la entrega fuera de los Países Bajos.

7. CSN tiene derecho a entregar las mercancías por partes, a menos que se aparte de ello en un Acuerdo o que la entrega parcial no tenga valor independiente. CSN tiene derecho a facturar las mercancías así entregadas por separado.

8. Las entregas sólo se efectuarán si se han pagado todas las facturas, a menos que se acuerde expresamente otra cosa. CSN se reserva el derecho a rechazar la entrega si existe un temor fundado de impago.

Artículo 7 - Embalaje y transporte

1. CSN se compromete frente al Comprador a embalar adecuadamente las mercancías a entregar y a asegurarlas de forma que lleguen a su destino en buen estado durante su uso normal.

2. Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, todas las entregas incluirán el impuesto sobre el volumen de negocios (IVA), el embalaje y los materiales de embalaje.

3. La aceptación de la mercancía sin ninguna observación en la carta de porte o en el recibo constituirá la prueba de que el embalaje estaba en buen estado en el momento de la entrega.

Artículo 8 - Examen, reclamaciones

1. El Comprador estará obligado a inspeccionar los Productos entregados o a hacer que se inspeccionen en el momento de la entrega o transferencia, pero en cualquier caso dentro de los 3 días siguientes a la recepción de los Productos entregados, y sólo a desembalar o utilizar los Productos en la medida necesaria para evaluar si conserva el Producto. Al hacerlo, el Comprador examinará si la calidad y la cantidad del Producto entregado se corresponden con el Acuerdo y si los Productos cumplen los requisitos aplicables a los mismos en un trato (comercial) normal.

2. El Comprador está obligado a examinar e informarse de cómo debe utilizarse el Producto. CSN no acepta ninguna responsabilidad por el uso incorrecto del Producto por parte del Comprador.

3. Cualquier defecto o escasez visibles deberán comunicarse a CSN por escrito después de la entrega en [email protected]. El comprador dispondrá de 14 días a partir de la entrega para hacerlo. Los defectos o carencias no visibles deberán comunicarse en un plazo de 14 días a partir de su descubrimiento, pero a más tardar 6 meses después de la entrega. Si el Producto resulta dañado debido a una manipulación descuidada por parte del Comprador, éste será responsable de cualquier depreciación del valor del Producto.

4. Si se presenta a tiempo una reclamación de conformidad con el párrafo anterior, el Comprador seguirá estando obligado a pagar las mercancías adquiridas. 5. Si el comprador desea devolver mercancías defectuosas, sólo podrá hacerlo con el consentimiento previo por escrito de CSN en la forma indicada por CSN.

5. CSN tiene derecho a iniciar una investigación sobre la autenticidad y el estado de los Productos devueltos antes de proceder al reembolso.

6. Los reembolsos al Comprador se tramitarán lo antes posible, pero pueden tardar hasta 14 días tras la recepción de la declaración de disolución del Comprador. Los reembolsos se efectuarán al número de cuenta facilitado previamente.

7. Si el Comprador ejerce su derecho de reclamación, el Comprador, siendo una Empresa, no tendrá derecho a suspender su obligación de pago ni a compensar las facturas pendientes.

8. Si la entrega no está completa, y/o si faltan uno o más Productos, y esto es imputable a CSN, CSN, tras una solicitud a tal efecto del Comprador, enviará el Producto o Productos que falten o cancelará el pedido restante. La confirmación de recepción de los Productos será determinante a este respecto. Cualquier daño sufrido por el Comprador como resultado del alcance (desviado) de la entrega no podrá ser recuperado de CSN.

Artículo 9 - Precios

1. Durante el periodo de validez de la Oferta, los precios de los Productos ofertados no se verán incrementados, salvo en el caso de modificación de los tipos de IVA.

2. Los precios indicados en la Oferta no incluyen el IVA, salvo que se indique expresamente lo contrario.

3. Los precios mencionados en la Oferta se basan en los factores de coste aplicables en el momento de la celebración del Acuerdo, tales como: derechos de importación y exportación, gastos de flete y descarga, seguros y cualesquiera gravámenes e impuestos.

4. En el caso de Productos o materias primas para los que existan fluctuaciones de precios en el mercado financiero y sobre los que CSN no tenga control, CSN podrá ofrecer estos Productos con precios variables. En la Oferta se indicará que los precios son orientativos y que pueden fluctuar.

5. Salvo acuerdo en contrario, el Comprador deberá reembolsar las muestras.

Artículo 10 - Política de pagos y cobros

1. El pago se efectuará preferentemente por adelantado en la divisa en la que se haya facturado mediante el método indicado, salvo acuerdo y/o indicación en contrario.

2. El Comprador no podrá derivar ningún derecho o expectativa de un presupuesto emitido por adelantado, salvo que las partes hayan acordado expresamente lo contrario.

3. El Comprador efectuará el pago en una suma global al número de cuenta y datos de CSN que se le comuniquen. Las partes podrán acordar un plazo de pago diferente únicamente con el consentimiento expreso y por escrito de CSN.

4. Si se ha acordado una obligación de pago periódico por parte del Comprador, CSN tendrá derecho a ajustar por escrito los precios y tarifas aplicables con sujeción a un plazo de 3 meses.

5. En caso de liquidación, quiebra, embargo o suspensión de pagos del comprador, los créditos de CSN frente al comprador serán inmediatamente exigibles.

6. CSN tendrá derecho a que los pagos efectuados por el Comprador se destinen en primer lugar a reducir los costes, después a reducir los intereses adeudados y, por último, a reducir la suma principal y los intereses corrientes. CSN podrá, sin incurrir por ello en mora, rechazar una oferta de pago si el Comprador indica un orden de asignación diferente. CSN podrá rechazar el reembolso total de la suma principal, si ésta no incluye los intereses vencidos, los intereses corrientes y los costes.

7. Si el Comprador incumple su obligación de pago y no lo ha hecho en el plazo de pago de 30 días establecido al efecto, incurrirá en mora.

8. A partir de la fecha en que el Comprador incurra en mora, CSN reclamará, sin necesidad de nuevo aviso de mora, los intereses legales (comerciales) desde el primer día de mora hasta el pago íntegro, así como la compensación de los costes extrajudiciales de conformidad con el artículo 6:96 del Código Civil neerlandés, que se calcularán con arreglo a la escala graduada del Decreto sobre compensación de costes de cobro extrajudiciales de 1 de julio de 2012.

9. Si CSN ha incurrido en más gastos o en gastos superiores a los razonablemente necesarios, dichos gastos podrán ser reembolsados. Los gastos judiciales y de ejecución en que se haya incurrido también correrán a cargo del Comprador.

Artículo 11 - Reserva de dominio

1. Todas las mercancías entregadas por CSN seguirán siendo propiedad de CSN hasta que el Comprador haya cumplido todas las obligaciones siguientes en virtud de todos los Acuerdos celebrados con CSN.

2. El Comprador no estará autorizado a pignorar o gravar de otro modo las mercancías sujetas a reserva de dominio si la propiedad aún no se ha transferido en su totalidad.

3. En caso de que terceros se apoderen de las mercancías entregadas sujetas a reserva de dominio o deseen crear o hacer valer derechos sobre las mismas, el Comprador estará obligado a informar de ello al CSN tan pronto como sea razonablemente previsible.

4. En caso de que CSN desee ejercer sus derechos de propiedad a los que se refiere este artículo, el Comprador otorga su consentimiento y autorización incondicionales e irrevocables a CSN o a terceros que éste designe para entrar en todos aquellos lugares en los que se encuentren los bienes de CSN y recuperar dichos bienes.

5. CSN tendrá derecho a retener la posesión del/de los Producto(s) adquirido(s) por el Comprador si éste no ha cumplido aún sus obligaciones de pago (en su totalidad), a pesar de la obligación de CSN de transferirlos o entregarlos. Una vez que el Comprador haya cumplido posteriormente sus obligaciones, CSN procurará entregar al Comprador los Productos adquiridos lo antes posible, pero a más tardar en un plazo de 20 días hábiles.

6. Los costes y otros daños (consecuentes) resultantes de la retención de los Productos adquiridos correrán por cuenta y riesgo del Comprador y serán reembolsados por éste a CSN al primer requerimiento.

Artículo 12 - Garantía

CSN garantiza que los Productos cumplen con el Acuerdo, las especificaciones indicadas en la oferta, la usabilidad y/o solidez y las normas/reglamentos legales en el momento de la celebración del Acuerdo. Esto también se aplica si los productos a entregar están destinados a su uso en el extranjero y el Comprador ha notificado expresamente a CSN de este uso por escrito en el momento de la celebración del Acuerdo. CSN no puede dar explícitamente ninguna garantía respecto a la aplicación individual del Producto en relación con las circunstancias del caso respecto a la forma en que se utiliza el Producto.

Artículo 13 - Suspensión y disolución

1. CSN estará autorizado a suspender el cumplimiento de sus obligaciones o a disolver el Acuerdo si el Comprador no cumple sus obligaciones (de pago) en virtud del Acuerdo o no lo hace en su totalidad.

2. Además, el CSN estará autorizado a disolver el Acuerdo existente entre él y el Comprador, en la medida en que aún no se haya ejecutado, sin intervención judicial, si el Comprador incumple, o no cumple a tiempo o adecuadamente, sus obligaciones en virtud de cualquier Acuerdo celebrado con el CSN.

3. El CSN también estará autorizado a disolver el Acuerdo (o a hacer que se disuelva) sin previo aviso de incumplimiento si surgen circunstancias de tal naturaleza que el cumplimiento del Acuerdo es imposible o ya no puede exigirse de conformidad con las normas de razonabilidad y equidad, o si surgen otras circunstancias de tal naturaleza que ya no puede esperarse razonablemente la continuación inalterada del Acuerdo.

4. Si se disuelve el Acuerdo, los créditos de CSN frente al Comprador serán inmediatamente exigibles. Si el CSN suspende el cumplimiento de sus obligaciones, conservará sus reclamaciones en virtud de la ley y del Acuerdo.

5. CSN se reserva en todo momento el derecho a reclamar daños y perjuicios.

Artículo 14 - Limitación de responsabilidad

1. Si la ejecución del Acuerdo por CSN conduce a la responsabilidad de CSN ante el Comprador o terceros, dicha responsabilidad se limitará a los costes cargados por CSN en relación con el Acuerdo, a menos que el daño sea causado por dolo o negligencia grave. En cualquier caso, la responsabilidad del CSN se limitará al importe máximo de los daños pagados por la compañía de seguros por suceso y año.

2. CSN no será responsable de daños consecuenciales, daños indirectos, pérdidas de beneficios y/o pérdidas sufridas, ahorros perdidos y daños resultantes del uso de los Productos suministrados queda excluido

3. CSN no es responsable y/o no está obligado a reparar los daños causados por el uso del Producto. CSN podrá emitir instrucciones de mantenimiento y uso que deberán ser seguidas por el Comprador. 4. Todos los daños a los Productos como resultado del desgaste y uso están expresamente excluidos de responsabilidad (esto incluye rastros de uso, daños por el usuario, daños por caídas, daños por luz y agua, robo, pérdida, etc.).

4. CSN no se responsabiliza de ningún daño que sea o pueda ser el resultado de cualquier acto u omisión como consecuencia de información (incompleta y/o incorrecta) contenida en el sitio o sitios web o procedente de sitios web enlazados.

5. CSN no se hace responsable de los errores y/o irregularidades en el funcionamiento del sitio web ni de las averías o indisponibilidad del sitio web por cualquier motivo.

6. CSN no garantiza la transmisión correcta y completa del contenido de los correos electrónicos enviados por/en nombre de CSN, ni su recepción puntual.

7. Cualquier consejo proporcionado por CSN, basado en información incompleta y/o incorrecta proporcionada por el Comprador, nunca constituirá motivo de responsabilidad por parte de CSN.

8. El contenido del asesoramiento completo de CSN no es vinculante y sólo tiene carácter consultivo. El Comprador decidirá por sí mismo y bajo su propia responsabilidad si sigue las propuestas y consejos de CSN aquí contenidos. Todas las consecuencias resultantes de seguir el asesoramiento serán por cuenta y riesgo del Comprador. El Comprador será libre en todo momento de tomar sus propias decisiones que se desvíen de los consejos dados por CSN. En tal caso, CSN no será responsable de ningún tipo de reembolso.

9. CSN no es responsable de los daños sufridos por el Cliente en los productos de servicio en caso de utilización del Producto de CSN. Considérese, por ejemplo, la pérdida de calidad de los productos del Cliente.

10. Todas las reclamaciones del Comprador por deficiencias del CSN prescribirán si no se comunican al CSN por escrito, indicando los motivos, en el plazo de un año a partir del momento en que el Comprador tuvo o pudo razonablemente haber tenido conocimiento de los hechos en que basa sus reclamaciones. Todas las reclamaciones del Comprador prescribirán en cualquier caso un año después de la terminación del Acuerdo.

Artículo 15 - Fuerza mayor

1. El CSN no será responsable si no puede cumplir sus obligaciones en virtud del Acuerdo como consecuencia de una situación de fuerza mayor, ni podrá exigírsele el cumplimiento de ninguna obligación si se ve impedido de hacerlo como consecuencia de una circunstancia que no le sea imputable y que no le sea imputable en virtud de la ley, de un acto jurídico o de una práctica generalmente aceptada.

2. La fuerza mayor incluirá en cualquier caso, pero no se limitará a, las definiciones pertinentes de la ley y la jurisprudencia, (i) fuerza mayor de los proveedores de CSN, (ii) incumplimiento adecuado de las obligaciones de los proveedores prescritas o recomendadas por el Comprador a CSN, (iii) defectuosidad de bienes, equipos, software o materiales de terceros, (iv) medidas gubernamentales, (v) fallo de electricidad, (vi) fallo de Internet, red de datos e instalaciones de telecomunicaciones (por ejemplo, debido a ciberdelincuencia y piratería informática), (vii) catástrofes naturales, (viii) guerra y ataques terroristas, (ix) problemas generales de transporte, (x) huelgas en la empresa de CSN y (xi) otras situaciones que, en opinión de CSN, estén fuera de su control y que le impidan temporal o permanentemente cumplir con sus obligaciones.

3. CSN tendrá derecho a invocar fuerza mayor si la circunstancia que impide el (ulterior) cumplimiento se produce después de que CSN debiera haber cumplido su obligación.

4. Las partes podrán suspender las obligaciones derivadas del Acuerdo durante el periodo de fuerza mayor. Si este periodo dura más de dos meses, cada una de las partes tendrá derecho a disolver el Acuerdo, sin obligación de indemnizar a la otra parte.

5. En la medida en que CSN ya haya cumplido parcialmente sus obligaciones en virtud del Acuerdo en el momento en que se produzca la fuerza mayor o vaya a poder cumplirlas, y pueda atribuirse un valor independiente a la parte ya cumplida o a la parte por cumplir respectivamente, CSN tendrá derecho a facturar dicha parte por separado. El Comprador deberá pagar esta factura como si se tratara de un Acuerdo independiente.

Artículo 16 - Transferencia del riesgo

El riesgo de pérdida o daño de los Productos objeto del Acuerdo pasará al Comprador en el momento en que las mercancías salgan del almacén de CSN.

Artículo 17 - Derechos de propiedad intelectual

1. Todos los derechos de propiedad intelectual y derechos de autor de CSN pertenecerán exclusivamente a CSN y no se transferirán al Comprador.

2. Se prohíbe al Comprador divulgar y/o reproducir, alterar o poner a disposición de terceros todos los documentos sujetos a derechos de propiedad intelectual y derechos de autor de CSN sin el consentimiento expreso previo y por escrito de CSN. 3. Si el Comprador desea hacer alteraciones a los artículos entregados por CSN, CSN deberá dar su consentimiento explícito a las alteraciones pretendidas.

3. Se prohíbe al Comprador utilizar los Productos sujetos a derechos de propiedad intelectual de CSN de forma distinta a la acordada en el Acuerdo.

Artículo 18 - Privacidad, tratamiento de datos y seguridad

1. 1. CSN tratará con cuidado los datos (personales) del comprador y de los visitantes del sitio o sitios web. Si se le solicita, CSN informará a la persona afectada.

2. En caso de que el CSN deba garantizar la seguridad de la información en virtud del Acuerdo, dicha seguridad se ajustará a las especificaciones acordadas y a un nivel de seguridad que no sea irrazonable habida cuenta del estado de la técnica, la sensibilidad de los datos y los costes asociados.

Artículo 19 - Reclamaciones

1. Si el Comprador no está satisfecho con los Productos de CSN y/o tiene quejas sobre el (cumplimiento del) Acuerdo, el Comprador está obligado a comunicar estas quejas lo antes posible, pero a más tardar en el plazo de 14 días naturales a partir de la ocasión pertinente que dio lugar a la queja. Las quejas pueden comunicarse a través de [email protected] con el asunto "Queja".

2. La reclamación deberá estar suficientemente fundamentada y/o explicada por el Comprador para que CSN pueda atenderla.

3. El CSN responderá a la denuncia en cuanto al fondo lo antes posible, pero a más tardar 14 días naturales después de la recepción de la denuncia.

4. Las partes intentarán llegar a una solución conjuntamente.

Artículo 20 - Legislación aplicable

1. Todo acuerdo entre CSN y el comprador se regirá por el derecho neerlandés. Se excluye expresamente la aplicabilidad de la Convención de Viena sobre Compraventa (CISG).

2. En caso de cualquier interpretación del contenido y alcance de estas condiciones generales, prevalecerá siempre el texto neerlandés. CSN tendrá derecho a modificar unilateralmente las presentes condiciones generales.

3. Todos los litigios que surjan en virtud o como resultado del Acuerdo entre CSN y el Comprador serán resueltos por el Tribunal de Distrito competente de Ámsterdam, a menos que las disposiciones de derecho imperativo den lugar a la jurisdicción de otro tribunal.

Amsterdam, 7 de septiembre de 2021

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